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Entidad Evaluadora con fines de Acreditación |
Designación de la Entidad Evaluadora con fines de Acreditación El CONEACES establecerá el procedimiento para la designación de la Entidad Evaluadora con fines de acreditación, encargada de la evaluación externa de la institución solicitante.
Comunicación a la Entidad Evaluadora con fines de Acreditación El directorio del CONEACES comunicará por escrito a la entidad su designación como entidad evaluadora con fines de Acreditación adjuntando el expediente presentado por el instituto.
La entidad evaluadora con fines de Acreditación Designará a la Comisión Evaluadora encargada del proceso de evaluación externa, comunicando por escrito al instituto la composición de sus miembros. El instituto puede impugnar su composición si existiera conflicto de interés, en un plazo de tres días. Sino existiera impugnación se considera tácita la aceptación de la comisión.
La comisión evaluadora Se encargará de revisar el informe de autoevaluación, realizando las siguientes actividades:
a) Revisión del informe de autoevaluación.
b) Visita de verificación.
c) Elaboración del informe preliminar de la Comisión Evaluadora.
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d) Presentación del informe preliminar a la institución y al CONEACES.
e) Recepción y análisis del levantamiento de las observaciones, si las hubiera (el levantamiento puede durar hasta un máximo de tres meses ó noventa días calendario).
f) Visita de verificación de levantamiento de observaciones.
g) Elaboración del informe final por la Comisión Evaluadora.
h) Presentación del informe final con la propuesta de Acreditación o No Acreditación al CONEACES, por el órgano directivo de la Entidad Evaluadora.
La Entidad Evaluadora contará con un plazo máximo de quince días hábiles para ejecutar las acciones descritas en los literales a) al f) y un plazo máximo de cinco días hábiles para la presentación del informe final.
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