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Conformación y renovación del Directorio del CONEACES |
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Según el Reglamento de la Ley 28740. Ley del SINEACE que en su artículo 42, menciona:
Los miembros del Directorio del CONEACES son designados de acuerdo a los mecanismos establecidos por la entidad de origen por un período de tres años.
Pueden ser reelegidos.
El Directorio se renueva por tercios cada año durante su vigencia, correspondiendo renovar en dichas oportunidades, por sorteo, a dos de los directores más antiguos, con excepción del Presidente que es elegido para un período de tres (3) años.
Las entidades que hayan propuesto a los directores salientes presentarán sus propuestas ante el Ministro de Educación, para su designación.
En caso de remoción de uno de los directores, la institución o instituciones que lo propusieron cuentan con un plazo no mayor de 30 días hábiles para proponer al Ministro de Educación la designación de un nuevo miembro del CONEACES.
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